DECLARACION DE LA RENTA Y PATRIMONIO 2015

Renta 2015
Las principales novedades de este año son:

Se modifican las tablas de progresividad de los tipos impositivos.

Se elevan de 11.200 a 12.000 Euros los ingresos mínimos para estar exento de hacer declaración de la renta cuando los ingresos procedan de más de un pagador y además se hayan percibido más de 1.500 Euros del segundo y siguientes pagadores.


Se tributará por los indemnizaciones por despido, pero sólo cuando superen los 180.000 Euros.

Se suprime la deducción por alquiler de vivienda habitual, aunque podrán seguir aplicándola los inquilinos que firmasen un contrato antes del 1 de Enero de 2.015.

Se elimina la reducción general de 2.652 Euros, por obtención de rendimientos de trabajo, independientemente de la cuantía por otras rentas percibidas, aunque para compensar dicha eliminación se establece un nuevo gasto deducible de 2.000 Euros en concepto de otros gastos.

Se suprime la exención por dividendos de 1.500 Euros anuales.

Se reduce la aportación máxima a los planes de pensiones a 8.000 Euros al año.

Finalmente incidir que las personas residentes en España pero que trabajan en Gibraltar deben de presentar la declaración de la renta en nuestro país, incluyendo los rendimientos del trabajo percibidos en este lugar, para evitar incurrir en sanciones e inspecciones por la Agencia Tributaria. Se tendrá en cuenta los impuestos ya pagados en Gibraltar , siendo aconsejable que se efectúen dichas declaraciones por un especialista, así como también para los extranjeros residentes en nuestro país que perciben sus ingresos ( pensiones públicas y/o privadas, alquileres, rendimientos bancarios, dividendos de sociedades, etc.. ) desde otros países europeos, siendo aplicables los convenios de doble imposición.

Si necesita información adicional no dude en ponerse en contacto con nosotros en: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.